Familias de acogida

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Familias de acogida

Buenas a tod@s,

Para iniciar mi blog que va a girar entorno al derecho de familia, me gustaría comenzar con las familias de acogida, al ser un asunto que produce muchas dudas y consultas.

En nuestro país hay muchos niños a los que sus padres no pueden cuidar, no saben hacerlo o son menores que han sido alejados de su entorno familiar por sufrir malos tratos físicos o psíquicos. Todos estos menores son alejados de su familia biológica, pero ¿Qué ocurre con ellos? ¿Dónde se les ubica? ¿ Cómo y con quién residen?

Cuando se dicta una resolución administrativa acordando que un menor deje de residir con su familia biológica, se investiga el entorno familiar más cercano por si el menor pudiera residir con algún miembro de su familia extensa. Para el caso de que sus familiares extensos no estén capacitados o no quieran asumir el cuidado del menor, ingresan en un centro de menores o se propone el acogimiento en un familia.

¿ Qué es una familia de acogida? Es un familia que de forma voluntaria, abre su hogar a un menor en situación de desamparo, educándolo como si fuera su propio hijo, recibiendo este cuidados, atenciones, y afecto de todos los miembros de la familia.

¿ Quién puede ser familia de acogida? Cualquier persona mayor de edad que cumpla los requisitos marcados por los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma.

¿ Que tipos de acogida familiar existen? Hay tres tipos difetentes de acogimiento familiar regulados en el artículo 173 del Código Civil:

Urgencia y diagnóstico: Es un tipo de acogida previsto para un corto espacio de tiempo y tiende a evitar que el menor sea ingresado en un centro. Los menores permanecen con la familia acogedora un breve espacio de tiempo hasta que las autoridades administrativas investigan su entorno y el menor pasa a adopción o a acogimiento simple o permanente.

Acogida simple: Se constituye cuando se preveé el retorno del menor con su familia biológica en un corto espacio de tiempo.

Acogida permanente: se constituye en aquellos casos en los que no proceda la adopción y no se prevea el retorno del menor a su familia en medio o largo plazo.

¿ Qué diferencia hay entre acogida permanente y adopción?

La acogida familiar es un recurso previsto para el cuidado temporal de aquellos menores que no pueden ser atentidos por su familia biológica.La finalidad de la acogida es cuidar de un menor dándole el apoyo, el afecto y cuidados que necesita y facilitar que en algún momento pueda volver con su familia biológica si las circunstancias de ésta lo permiten. Con este recurso de pretende evitar que el menor permanezca ingresado en un centro.

La adopción es una opción definitiva.La diferencia entre adopción y acogida es la temporalidad de cada una de estas dos opciones.

¿ Qué ocurre cuando el menor tutelado cumple la mayoría de edad en un centro o en una familia de acogida?

Cuando el menor tutelado cumple la mayoría de edad deja de estar «amparado» por el estado. Si está ingresado en un centro deberá abandonar el mismo al cumplir la mayoría de edad. Cada vez existen menos programas destinados a ayudar a estos niños cuando son mayores de edad. Su destino suele ser el regreso con la familia biológica de la que son apartados, volviéndose a repetir las situaciones de marginalidad de las que fueron apartados.

Los menores tutelados que cumplen la mayoría de edad viviendo con una familia de acogida, suelen permanecer en esta al cumplir la mayoría de edad.

Ante cualquier duda, podéis rellenar el formulario de contacto de la web y os contestaremos lo antes posible.

By | 2017-05-23T10:20:12+01:00 octubre 24th, 2013|Derecho|0 Comments

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